Close up of Sam M. Gibbons U.S. Courthouse in Tampa, home to the Middle District of Florida federal court.
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El Distrito Central de Florida rechaza la moción para desestimar la demanda colectiva por valores contra una empresa de tecnología de vehículos autónomos

Caso: Alms v. Luminar Technologies, Inc., No. 6:23-cv-982 (M.D. Fla. filed May 26, 2023)

Los accionistas presentaron una demanda colectiva por valores contra Luminar, una empresa de tecnología de vehículos autónomos, y su director ejecutivo. Alegaron violaciones de los artículos 10(b) y 20(a) de la Ley de Bolsa de Valores de 1934 y la Norma 10b-5, afirmando que la empresa engañó a los inversores sobre los costes y el progreso de su nueva tecnología. En concreto, los demandantes afirmaron que una presentación a los inversores incluía una imagen de un microchip de circuito integrado fotónico (PIC) mucho más avanzado de la competencia, lo que daba a entender que el chip de Luminar era igualmente sofisticado. Después de que un artículo de Forbes revelara la discrepancia, las acciones de Luminar supuestamente cayeron, lo que provocó pérdidas a los inversores.

Luminar había logrado anteriormente que se desestimaran versiones anteriores de la demanda por no alegar adecuadamente la importancia (es decir, que la declaración engañosa sería relevante para un inversor razonable) y la intencionalidad (es decir, el conocimiento o el desprecio temerario de la falsedad). A continuación, los demandantes presentaron una tercera demanda modificada, en la que añadieron datos proporcionados por un testigo confidencial (un asistente sénior que ayudó al director ejecutivo con la presentación a los inversores) y un experto en electrónica y fotónica. El tribunal denegó la moción de Luminar para desestimar esta versión, al considerar que las nuevas alegaciones demostraban suficientemente que la imagen era relevante y que el director ejecutivo probablemente sabía (o debería haber sabido) que era engañosa.

Por qué es importante
  • Mayor riesgo de responsabilidad por presentaciones engañosas a los inversores: Las empresas deben tener mucho cuidado con lo que incluyen en sus presentaciones a los inversores (imágenes, comparaciones, afirmaciones implícitas), ya que lo que parece marketing puede ser objeto de acciones legales si induce a error.
  • Mayor uso de testigos confidenciales y testimonios de expertos en demandas relacionadas con valores: los accionistas pueden reforzar demandas que, de otro modo, serían débiles, obteniendo el apoyo de personas con información privilegiada o de expertos, lo que dificulta la presentación de mociones de desestimación en determinados litigios de alto riesgo.
  • Mayor importancia de la transparencia y la verificación: para protegerse contra demandas judiciales, las empresas deben asegurarse de que sus afirmaciones técnicas internas (y elementos visuales) sean precisas, estén revisadas por expertos y sean coherentes con la información divulgada públicamente. Las imágenes engañosas o las exageraciones menores pueden acarrear riesgos reales.

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