Florida amplía las protecciones de responsabilidad civil para los vuelos espaciales privados
La legislatura de Florida aprobó «Una ley relativa a la responsabilidad de las entidades de vuelos espaciales» (SB 1318 / HB 839), que entrará en vigor el 1 de julio de 2023 y que modifica y amplía las protecciones de responsabilidad para las empresas dedicadas a los vuelos espaciales privados.
Los cambios principales incluyen:
1. Tripulación incluida: Anteriormente, la ley limitaba la inmunidad solo a los «participantes en vuelos espaciales» (astronautas que no formaban parte de la tripulación ni del gobierno). La nueva ley amplía esas protecciones de responsabilidad también a los miembros de la «tripulación» (por ejemplo, empleados o contratistas que realizan tareas relacionadas con lanzamientos o reentradas), siempre que firmen la advertencia/renuncia requerida.
2. Definición más amplia de entidad y actividades relacionadas con los vuelos espaciales: La ley amplía el número de entidades cubiertas (incluidos los fabricantes y proveedores de componentes, servicios o vehículos, incluso si la FAA no ha revisado formalmente esas piezas) y amplía las «actividades relacionadas con los vuelos espaciales» para incluir todas las actividades desde el lanzamiento hasta el aterrizaje (no solo durante el lanzamiento formal o el reingreso).
3. Excepciones más estrictas a la protección de responsabilidad: Las protecciones de inmunidad no son absolutas. Según la nueva ley, una entidad de vuelos espaciales solo puede perder la inmunidad si (i) comete negligencia grave o desprecio deliberado o temerario por la seguridad, (ii) tiene conocimiento real de una «condición extraordinariamente peligrosa» que no es inherente a las actividades de vuelos espaciales (y esa condición provoca lesiones), o (iii) lesiona intencionadamente al participante o a la tripulación. Es importante destacar que el «conocimiento razonable» se sustituye por «conocimiento real» y se endurece la terminología relativa a los «riesgos inherentes».
4. Advertencia / consentimiento informado obligatorio: Para obtener la protección, el participante o miembro de la tripulación debe recibir (y firmar) una declaración de advertencia. La advertencia debe cumplir con los requisitos legales de contenido.
