El Tribunal Supremo de Florida sostiene que la inmunidad soberana no impide las reclamaciones basadas en pactos contractuales implícitos
Caso: Rojas v. Univ. of Fla. Bd. of Trs., No. SC2023-0126 (Fla. July 17, 2025)
Anthony Rojas, estudiante de la Universidad de Florida, demandó a la UF en una demanda colectiva después de que la universidad cerrara las instalaciones y servicios del campus durante la pandemia de COVID-19. Los estudiantes habían pagado cuotas obligatorias por servicios como deportes, transporte y salud, pero la UF les retiró el acceso sin reembolsarles el dinero ni especificar claramente por escrito que esos servicios podían suspenderse. La UF alegó inmunidad soberana (que protege a las entidades estatales de muchas demandas) porque no existía un «contrato expreso por escrito» que obligara a la universidad a prestar esos servicios.
El Tribunal de Apelación del Primer Distrito estuvo de acuerdo con la UF y desestimó la demanda por incumplimiento de contrato. Sin embargo, el Tribunal Supremo de Florida revocó esa decisión. En su fallo del 17 de julio de 2025, el Tribunal Supremo dejó claro que, una vez que una entidad estatal celebra válidamente un contrato escrito expreso, la inmunidad soberana no impide las reclamaciones basadas en cláusulas o condiciones implícitas en dicho contrato, siempre que esas obligaciones implícitas no entren en conflicto con los términos expresos. El Tribunal afirmó que el Primer Distrito exigía una «especificidad extraordinaria» que no está respaldada por la legislación de Florida. El caso fue remitido (devuelto) para que se siguieran los procedimientos de conformidad con este fallo.
